Mostrando entradas con la etiqueta ley. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta ley. Mostrar todas las entradas

jueves, 21 de febrero de 2013

Cuadro comparativo de las diferentes formas jurídicas

Forma JurídicaLegislación básicaNúmero mínimo de sociosCapital Social mínimoResponsabilidadRégimen de Seg. Social de los socios trabajadoresRégimen FiscalÓrganos de Administración
EMPRESARIO INDIVIDUAL
Empresario individualCódigo Civil1No existe legalmenteIlimitadaRETA (1)IRFPEl propio empresario
Sociedad CivilCódigo Civil
(art. 1.666 y ss)
Mínimo 2No existe legalmenteIlimitadaRETAIRPFAdministrador único, varios mancomunados, o todos los socios
Comunidad de BienesCódigo Civil
(art. 392 y ss)
Mínimo 2No existe legalmenteIlimitadaRETAIRPFAdministradores: uno, varios o todos los comuneros
SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedad Limitada
 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio
RD 1784/1996, de 19 de julio.
Reglamento del Registro Mercantil
(art. 175 y ss.)
Mínimo 13.000,00 €
Totalmente suscrito y desembolsado desde el inicio.
Limitada a la aportación de capital socialRégimen General o AutónomosImpuesto de SociedadesJunta General de Socios, Administrador/es o Consejo de admón.
Sociedad Limitada Nueva EmpresaLey 7/2003, de 1 de abril, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa
RD 682/2003, de 7 de junio.
Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio.
Mínimo 1
(entre 1 y 5 personas físicas en la constitución)
Entre 3.012 y 120.202 € mediante aportaciones dinerariasLimitada a la aportación de capital socialRégimen General o AutónomosImpuesto de SociedadesÓrgano unipersonal o pluripersonal formado por socios
Sociedad AnónimaReal Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julioMínimo60.000,00 €
Desembolso mín. 25%
Limitada a la aportación de capital socialRégimen General o AutónomosImpuesto de SociedadesJunta general de Accionistas, Consejo admón. o administradores
SOCIEDADES MERCANTILES ESPECIALES
Sociedad Laboral
(Limitada o Anónima)
Ley 4/1997, de 24 de marzo, de sociedades laboralesMínimo 3
- Al menos 2 deben tener contrato indefinido y poseer más del 50% del capital social.
-  Ningún socio puede tener más de 1/3 del capital social.
 
3.000,00 € (SLL)
Totalmente suscrito y desembolsado desde el inicio.
60.000,00 € (SAL)
DESEMBOLSO MÍN. 25%
Limitada a la aportación de capital socialRégimen General o Autónomos, según proceda. Posibilidad de elección.Impuesto de SociedadesJunta General de Socios, Consejo de admón.
Cooperativa de trabajo asociado
Ley 27/1999, de 16 de julio, General de Cooperativas
 Ley especial de la comunidad autónoma
Coop. de 1er grado: Mínimo 3 socios trabajadores.
Coop. de 2º grado: Mínimo 2 Cooperativas
Según estatutos (Ningún socio puede poseer más de 1/3)Limitada a la aportación de capital socialRégimen General o Autónomos
(Optan todos los socios por el mismo régimen)
Impuesto de SociedadesAsamblea General, Consejo Rector, Intervención

(1) RETA: Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Referencia: http://www.creacionempresas.com Cámara de Comercio

jueves, 7 de julio de 2011

La Ley de Economía Sostenible y nuevas medidas para los emprendedores

Mi intención con este post es hablarles sobre la Ley de Economía Sostenible. Esta Ley engloba un conjunto de reformas que el Gobierno (Español) quiere implementar para crear empleo y lograr un nuevo modelo deconómico. Estas reformas están recogidas en la Estrategia de la Economía Sostenible que deriva en la Ley de la Economía Sostenible. El objetivo de esta iniciativa, como ya dije, es el de impulsar la recuperación económica y por lo tanto la creación de empleo.

La Ley de Economía Sostenible, recae en torno a cinco ejes:
  • La competitividad
  • La sostenibilidad medioambiental
  • La normalización del sector de la vivienda
  • La innovación y formación profesional
  • El apoyo a nuevos sectores económicos

Las reformas modernizadoras contenidas en la Estrategia de Economía Sostenible afectan a:

  • La modernización de la Justicia
  • La reforma de la Administración
  • El refuerzo del sistema financiero
  • La lucha contra el fraude y la economía sumergida
  • El impulso a la innovación y la competitividad
  • La modernización sectorial
  • Un modelo energético sostenible
  • El transporte
  • El empleo y la sostenibilidad del Estado del Bienestar
Ya conociendo un poco de que va la Ley de Economía Sostenible, adjunto noticia relacionada con esta y los emprendedores:

Varias medidas incluidas en un Real Decreto-Ley aprobado ayer serán más que bienvenidas por los emprendedores y pequeños inversores que inviertan en nuevas empresas "que permitan avanzar en el cambio de modelo productivo y la generación de empleo".

Medidas similares ya habían sido puestas en marcha en otras Comunidades Autónomas, y particularmente por la Comunidad de Madrid (ver posts oct2009, feb2010, ene2011, y may2011). Ahora, tras la aprobación de la Ley de Economía Sostenible se da un nuevo impulso al fomento del emprendimiento innovador en todo el territorio nacional.

Se declararán exentas en el IRPF las plusvalías obtenidas por inversiones (acciones o participaciones) de hasta 25.000 euros en nuevas empresas. Para beneficiarse de esta medida, el inversor o "business angel" deberá mantener las acciones o participaciones en su patrimonio un tiempo comprendido entre 3 y 10 años.

Se suprime la exigencia de licencias municipales por las entidades locales, lo que puede ayudar a evitar dilaciones innecesarias en la creación de empresas.

Además, la Ley de Economía Sostenible introdujo el silencio positivo como regla general en los trámites de cualquier ciudadano o empresa con las distintas administraciones, con un plazo de tiempo variable en función del procedimiento en cuestión, además de agilizar los trámites para la creación de empresas eliminando trámites, reduciendo su duración y extendiendo el uso de los medios electrónicos para reducir plazos y abaratar costes a los emprendedores (p. ej. para obtener de forma directa y telemática la certificación negativa de denominación social).

No menos importante en este momento de demoras en los pagos o de impagos es la línea de préstamos ICO-Liquidez 2011 a las entidades locales para pagar las facturas pendientes con empresas y autónomos a 30 de abril de 2011… aunque para muchos (desaparecidos) proveedores de los ayuntamientos estas ayudas estaráan llegando algo tarde.

fuente: Ignacio Cid, Eduardo Díaz. madri+d